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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 8200

Explanation

Esta sección de la ley de California explica cómo las agencias estatales pueden usar fondos federales para el bienestar de los nativos americanos en California. Según su enfoque, diferentes departamentos administran estos fondos. El Departamento Estatal de Servicios de Salud se encarga de las necesidades de salud, como el tratamiento médico y la prevención de enfermedades. El Departamento Estatal de Educación gestiona los fondos para escuelas y programas educativos. El Departamento Estatal de Servicios Sociales se centra en ayudar a los nativos americanos mayores, enfermos o de bajos recursos. Estos departamentos deben seguir las normas establecidas por las leyes de EE. UU. o el Secretario del Interior al usar estos fondos federales, asegurándose de que se haga de una manera que beneficie a los nativos americanos en el estado.

Si la ley de los Estados Unidos establece la administración por parte de agencias públicas de este estado de asignaciones federales para el bienestar de los indígenas en este estado, dichas agencias estatales podrán administrar el gasto de tales asignaciones federales dentro del ámbito de sus facultades legales.
El Departamento Estatal de Servicios de Salud administrará el gasto de todas dichas asignaciones federales para el cuidado y la hospitalización de, y para la atención médica a, indígenas enfermos o heridos, y para el control y la prevención de enfermedades transmisibles e infecciosas y la salubridad general entre los indígenas en este estado.
El Departamento Estatal de Educación administrará el gasto de tales asignaciones federales para la construcción y el mantenimiento de escuelas y la educación de los indígenas en este estado.
El Departamento Estatal de Servicios Sociales administrará el gasto de tales asignaciones federales para el socorro de indígenas ancianos, enfermos e indigentes en este estado.
Sujeto a las limitaciones que la ley de los Estados Unidos o el Secretario del Interior impongan legalmente a la administración de dichos fondos, los departamentos estatales antes mencionados podrán gastarlos para los fines dentro de sus respectivas jurisdicciones que los respectivos jefes de los departamentos consideren mejores para preservar los intereses y el bienestar de todos los indígenas que residen en el estado.

Section § 8201

Explanation
Esta ley establece que cuando la legislación federal exige información presupuestaria antes de liberar fondos, las agencias estatales de California pueden preparar y presentar estos presupuestos al Departamento de Finanzas del Estado para su aprobación. Una vez aprobados, los presupuestos se envían a la agencia federal correspondiente. Las agencias estatales deben entonces informar directamente a los funcionarios federales sobre cómo se gastaron los fondos, y sus funcionarios y empleados son responsables de gestionar y reportar correctamente todos los gastos.
Si la ley de los Estados Unidos exige la presentación de presupuestos al Secretario del Interior o a cualquier otra agencia federal antes de que se puedan gastar fondos federales, las agencias estatales podrán preparar presupuestos que muestren las cantidades necesarias durante cada año para llevar a cabo los fines para los cuales se realizan dichas asignaciones federales, y deberán presentar dichos presupuestos, una vez preparados, al Departamento de Finanzas del Estado, quien los coordinará en la medida de lo posible y los aprobará antes de que sean remitidos a la agencia federal encargada de recibirlos. Posteriormente, las agencias estatales rendirán cuentas directamente a los funcionarios federales de desembolso y auditoría por los gastos de los fondos federales sujetos a su administración, y los funcionarios y empleados de cada departamento serán responsables, en virtud de sus fianzas oficiales, ante los funcionarios federales de desembolso y auditoría por una contabilidad adecuada de todos los fondos así desembolsados.