AdministraciónDepartamentos del Condado
Section § 10800
Esta ley declara que cada condado en California es responsable de gestionar los servicios sociales públicos. La junta de supervisores del condado está a cargo, siguiendo las regulaciones estatales y federales. Los condados deben establecer un departamento para manejar estos servicios, a menos que su carta constitutiva indique lo contrario. Este departamento gestiona los servicios sociales y educa al público sobre estos servicios y los problemas relacionados.
Section § 10801
Cada condado en California debe tener un director de condado nombrado por la junta de supervisores o por otra agencia especificada en la carta constitutiva del condado. Este nombramiento debe seguir los estándares del sistema de méritos local o estatal.
El director de condado trabajará bajo la supervisión general de la junta de supervisores, a menos que la carta constitutiva del condado indique lo contrario.
Section § 10802
El director del condado es responsable de gestionar los servicios sociales públicos del condado y de asegurar que estos servicios cumplan con las regulaciones pertinentes. Debe seguir las órdenes del departamento y del Departamento Estatal de Servicios de Salud, según se comuniquen a través de la junta de supervisores.
Section § 10803
El director del condado es el principal ejecutivo a cargo del departamento del condado y puede delegar tareas a los miembros de su personal. Puede establecer unidades administrativas y contratar personal, siguiendo las reglas del sistema de méritos y los estándares estatales. Además, el director realiza otras funciones específicas requeridas por ley y las asignadas por la junta de supervisores, excepto aquellas relacionadas con una sección específica excluida por ley.
Section § 10804
Esta sección permite a las juntas de supervisores de los condados de California colaborar con otros condados o con el estado para operar y mantener servicios sociales públicos. Estos servicios tienen como objetivo cumplir con las responsabilidades de los condados de proveer para el bienestar y la salud de los residentes elegibles. El condado que celebre el contrato será responsable de cubrir los costos de estos servicios, siempre que cumplan con las directrices estatales o federales pertinentes.
Section § 10804.1
Esta ley permite a las juntas de supervisores de los condados de California asociarse con otros condados o con el Departamento Estatal de Servicios de Salud para proporcionar o establecer servicios de salud. Estas asociaciones tienen como objetivo ayudar a cumplir con las responsabilidades del condado en cuanto a la atención médica de los residentes elegibles o de los enfermos. Los condados participantes deben pagar por estos servicios, y cualquier financiación estatal o federal debe cumplir con las normas y estándares del departamento.
Section § 10805
Section § 10806
Si dos condados en California no están de acuerdo sobre quién debe proporcionar servicios sociales a una persona que los solicita o los recibe, cualquiera de los condados puede pedir al departamento estatal responsable que tome una decisión. Esta decisión será la última palabra sobre el asunto.
Section § 10808
Section § 10809
Esta sección de la ley explica que los departamentos del condado son responsables de gestionar los servicios sociales públicos de acuerdo con las normas estatales. También deben presentar cualquier informe requerido por los departamentos pertinentes.
Section § 10810
Esta sección permite que cada departamento del condado en California, con la aprobación del departamento, establezca programas donde los voluntarios pueden ayudar con diversas tareas para apoyar a los empleados del condado y a las comunidades locales. Estas tareas incluyen visitar a personas mayores, ayudar a encontrar hogares para niños de crianza temporal, acompañar a personas a citas importantes, ayudar a encontrar mejores viviendas, enseñar habilidades de administración del hogar y presupuesto, y ofrecer servicios de tutoría.
Los voluntarios tienen prohibido duplicar los servicios ya proporcionados por los empleados del condado. Además, la ley exige que los registros de los beneficiarios se mantengan confidenciales.