Section § 1

Explanation

Esta sección simplemente nombra la colección de leyes como el Código de Bienestar y de Instituciones.

Esta ley se conocerá como el Código de Bienestar y de Instituciones.

Section § 2

Explanation
Esta sección explica que si alguna parte de este código es muy similar a las leyes existentes sobre el mismo tema, debe considerarse una continuación de esas leyes, y no como leyes completamente nuevas.

Section § 3

Explanation

Si alguien ya ocupa un puesto en el gobierno cuando un nuevo código entra en vigor, y su función sigue existiendo bajo el nuevo código, puede mantener su trabajo bajo las mismas condiciones que antes.

Todas las personas que, en el momento en que este código entre en vigor, ocupen un cargo en virtud de cualquiera de las leyes derogadas por este código, cuyos cargos son continuados por este código, continúan ocupando el mismo de acuerdo con su anterior mandato.

Section § 4

Explanation
Esta sección significa que si se inició una acción legal o se estableció un derecho antes de que el código de educación entrara en vigor, estos no serán modificados por el nuevo código. Sin embargo, los pasos futuros en esos casos deberán seguir las nuevas reglas en la medida de lo posible.

Section § 5

Explanation

Esta sección explica que, a menos que una situación específica requiera una interpretación diferente, las reglas generales que se proporcionan a continuación se utilizarán para interpretar este código.

Salvo que el contexto exija lo contrario, las disposiciones generales establecidas a continuación regirán la interpretación de este código.

Section § 6

Explanation

Esta sección de la ley explica que los títulos y encabezados a lo largo del documento legal están ahí solo con fines organizativos. No tienen ningún poder legal para cambiar o limitar lo que dicen las leyes o normas reales.

Los encabezados de división, parte, capítulo, artículo y sección contenidos en el presente no se considerarán que rigen, limitan, modifican o afectan de manera alguna el alcance, significado o intención de las disposiciones de cualquier división, parte, capítulo, artículo o sección del presente.

Section § 7

Explanation

Esta ley establece que si un funcionario público recibe una facultad o responsabilidad por este código, un adjunto o alguien legalmente autorizado por el funcionario puede ejercer esa facultad o cumplir ese deber, a menos que la ley especifique lo contrario.

Siempre que, por las disposiciones de este código, se conceda una facultad a un funcionario público o se imponga un deber a dicho funcionario, la facultad podrá ser ejercida o el deber cumplido por un adjunto del funcionario o por una persona autorizada conforme a la ley por el funcionario, a menos que se disponga expresamente lo contrario.

Section § 8

Explanation
Esta sección de la ley establece que cualquier tipo de comunicación requerida por este código, como un aviso o informe, debe estar por escrito en inglés. Debe presentarse en un formato que las personas puedan leer visualmente, como un documento escrito.

Section § 9

Explanation

Esta ley significa que si se menciona una parte del código o cualquier otra ley estatal, incluye las últimas actualizaciones y cualquier cambio o adición futura. Por lo tanto, al hacer referencia a la ley, siempre se debe considerar la versión más actual con todas sus enmiendas.

Siempre que se haga referencia a cualquier porción de este código o de cualquier otra ley de este Estado, dicha referencia se aplicará a todas las enmiendas y adiciones a la misma hechas ahora o en el futuro.

Section § 10

Explanation

Esta sección define los términos "sección" y "subdivisión" específicamente para este código. Cuando el texto se refiere a una "sección", significa una parte de este código, a menos que se mencione otra ley. De manera similar, "subdivisión" se refiere a una parte dentro de esa sección específica a menos que se mencione otra sección.

“Sección” significa una sección de este código a menos que se mencione específicamente otro estatuto, y “subdivisión” significa una subdivisión de la sección en la que aparece ese término a menos que se mencione expresamente otra sección.

Section § 11

Explanation

Esta sección de la ley significa que cuando se ven verbos en tiempo presente, también se refieren a acciones en el pasado y el futuro. Asimismo, los verbos en tiempo futuro incluyen el presente.

El tiempo presente incluye los tiempos pasado y futuro, y el tiempo futuro incluye el presente.

Section § 12

Explanation
Esta ley establece que cualquier referencia a hombres en el lenguaje legal también incluye a mujeres y términos neutros. En esencia, cuando se ve un término masculino, se aplica a todas las personas, sin importar su género.

Section § 12.2

Explanation

Esta ley establece que cada vez que se utiliza el término "cónyuge", también debe incluir a las "parejas de hecho registradas" de acuerdo con las normas de otra parte del Código de Familia.

"Cónyuge" incluye "pareja de hecho registrada", según lo exige la Sección 297.5 del Código de Familia.

Section § 13

Explanation

Esta ley significa que cuando algo está escrito en forma singular, también se aplica a múltiples elementos, y viceversa. Así, si una norma menciona 'una persona', también se refiere a 'personas', y 'personas' se aplicaría a 'una persona'.

El número singular incluye el plural, y el número plural incluye el singular.

Section § 14

Explanation

Esta ley simplemente establece que, siempre que vea la palabra «condado» en este contexto, también se refiere a «ciudad y condado».

«Condado» incluye «ciudad y condado».

Section § 15

Explanation

Esta sección de la ley establece que cuando se usa la palabra "deberá", significa que algo es requerido u obligatorio. Cuando se usa la palabra "podrá", indica que algo es opcional o permitido pero no requerido.

“Deberá” es obligatorio y “podrá” es permisivo.

Section § 16

Explanation

En este contexto, el término “juramento” también se refiere a una afirmación. Básicamente, ya sea que preste un juramento o haga una afirmación, legalmente significa lo mismo.

“Juramento” incluye afirmación.

Section § 17

Explanation

Esta sección explica que si alguien no puede escribir su nombre, puede usar una marca como su firma. Un testigo debe escribir el nombre de la persona cerca de la marca y también firmar su propio nombre cerca. Si esta firma con marca se usa para fines oficiales, como ser reconocida o usada en una declaración jurada, necesita dos testigos que firmen sus propios nombres junto a ella.

"Firma" o "suscripción" incluye una marca cuando el firmante o suscriptor no puede escribir, siendo el nombre de dicho firmante o suscriptor escrito cerca de la marca por un testigo que escribe su propio nombre cerca del nombre del firmante o suscriptor; pero una firma o suscripción por marca puede ser reconocida o puede servir como firma o suscripción a una declaración jurada solo cuando dos testigos firman sus propios nombres en ella.

Section § 17.1

Explanation

Esta sección explica cómo determinar la residencia de menores y dependientes no menores de edad cuando no está claramente definida por otras leyes. En general, la residencia de un menor es donde vive su padre, madre o tutor legal, o donde un tribunal ha otorgado la custodia. Si varias personas comparten la custodia, el menor vive donde reside físicamente. Un niño encontrado abandonado se considera que reside donde fue hallado. Si la residencia de un menor no puede determinarse por los medios habituales, pero ha vivido en un condado durante un año, ese se convierte en su lugar de residencia. Si un menor es separado permanentemente de sus padres, reside en el condado del tribunal que emitió dichas órdenes. Para los dependientes no menores de edad en arreglos de vida estables bajo la jurisdicción del tribunal de menores, que han vivido en un condado durante un año y tienen la intención de quedarse, ese condado se convierte en su residencia. Finalmente, si la jurisdicción del tribunal de menores sobre un dependiente no menor de edad se reanuda, el condado en el que han vivido durante un año en el momento de la presentación se convierte en su residencia.

Salvo que se disponga lo contrario en las disposiciones de este código, en la medida en que no entre en conflicto con la ley federal, la residencia de una persona menor de edad, o de un dependiente no menor de edad, según se describe en la subdivisión (v) de la Sección 11400, se determinará por las siguientes reglas:
(a)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(a) La residencia del padre o madre con quien un menor mantiene su lugar de residencia o la residencia de cualquier individuo que haya sido nombrado tutor legal o del individuo a quien un tribunal de jurisdicción competente le haya otorgado el cuidado o la custodia, determina la residencia del menor.
(b)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(b) Siempre que en esta sección se disponga que la residencia de un menor se determina por la residencia de la persona que tiene la custodia, “custodia” significa el derecho legal a la custodia del menor a menos que ese derecho sea ejercido conjuntamente por dos o más personas, en cuyo caso “custodia” significa la custodia física del menor por una de las personas que comparten el derecho a la custodia.
(c)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(c) La residencia de un niño expósito se considerará la del condado en el que se encuentre el menor.
(d)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(d) Si la residencia del menor no se determina conforme a la subdivisión (a), (b), (c) o (e), el condado en el que vive el menor se considerará el condado de residencia, si y cuando el menor haya tenido una presencia física en el condado durante un año.
(e)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(e) Si el menor ha sido declarado permanentemente libre de la custodia y control de sus padres, su residencia es el condado en el que se encuentra el tribunal que emitió la orden.
(f)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(f) Si un dependiente no menor de edad bajo la jurisdicción de dependencia o jurisdicción de transición del tribunal de menores es colocado en un arreglo de vida permanente planificado, según se describe en la subdivisión (i) de la Sección 366.3, el condado en el que vive el dependiente no menor de edad podrá considerarse el condado de residencia, si y cuando el dependiente no menor de edad haya tenido una presencia física continua en el condado durante un año como dependiente no menor de edad y el dependiente no menor de edad haya expresado su intención de permanecer en ese condado.
(g)CA Bienestar Y Instituciones Code § 17.1(g) Si la jurisdicción de dependencia de un dependiente no menor de edad ha sido reanudada, o la jurisdicción de transición asumida o reanudada por el tribunal de menores que retuvo la jurisdicción general conforme a la subdivisión (b) de la Sección 303, como resultado de la presentación de una petición conforme a la subdivisión (e) de la Sección 388, tras la concesión de la petición, el condado en el que el dependiente no menor de edad reside en el momento de la presentación de la petición podrá considerarse el condado de residencia, si y cuando el dependiente no menor de edad demuestre que ha tenido una presencia física continua en el condado durante un año y haya expresado su intención de permanecer en ese condado. El período de presencia física continua en el condado incluirá cualquier período de residencia continua en el condado inmediatamente anterior a la presentación de la petición.

Section § 18

Explanation
Esta ley establece que si una parte de este código se considera inválida o no se aplica a una persona o situación, el resto del código sigue vigente y no se ve afectado por esta parte inválida.

Section § 19

Explanation

Esta ley busca garantizar la seguridad y el bienestar de los niños a través de programas y servicios. Otorga a los tribunales de menores, departamentos de libertad condicional y otras agencias locales la autoridad para proporcionar los servicios de protección necesarios. El objetivo es proteger los derechos y el bienestar de los niños, especialmente si su situación de vida actual es perjudicial, sin importar si estas agencias ya los conocen.

Es el propósito de este código, al establecer programas y servicios diseñados para proporcionar protección, apoyo o cuidado a los niños, proporcionar servicios de protección en la máxima medida considerada necesaria por el tribunal de menores, el departamento de libertad condicional u otras agencias públicas designadas por la junta de supervisores para desempeñar los deberes prescritos por este código, a fin de asegurar que los derechos o el bienestar físico, mental o moral de los niños no sean violados o amenazados por sus circunstancias o entorno actuales. Dichos servicios esenciales pueden ser proporcionados independientemente de si el niño o la familia del niño es conocido de otra manera por la agencia local responsable.

Section § 19.1

Explanation

Esta sección describe el propósito de los servicios sociales públicos financiados por el estado para los condados. Su objetivo es proporcionar apoyo a las familias necesitadas, ayudar a las personas a lograr la autosuficiencia y ofrecer protección a las personas vulnerables, incluidos los niños y las personas con discapacidades, contra la explotación y el daño.

El propósito de los servicios sociales públicos para los cuales se otorgan subvenciones estatales a los condados son:
(a)CA Bienestar Y Instituciones Code § 19.1(a) Proporcionar, en nombre del público en general y dentro de los límites de los recursos públicos, apoyo y sustento razonables para familias y personas necesitadas y dependientes.
(b)CA Bienestar Y Instituciones Code § 19.1(b) Proporcionar servicios oportunos y apropiados para ayudar a las personas a desarrollar o utilizar cualquier capacidad que puedan mantener o lograr para el autocuidado o el autosustento.
(c)CA Bienestar Y Instituciones Code § 19.1(c) Proporcionar servicios de protección a personas con discapacidad o desfavorecidas sujetas a discapacidad social o legal, y a niños y otras personas sujetas a explotación que ponga en peligro su salud presente o futura, su oportunidad de desarrollo normal o su capacidad de independencia.

Section § 21

Explanation

Esta sección explica que departamentos específicos son responsables de diferentes áreas dentro del código legal de California. Cuando la ley menciona el 'Departamento Estatal de Pagos de Beneficios' o el 'Departamento de Pagos de Beneficios' en relación con la ayuda, en realidad se refiere al Departamento Estatal de Servicios Sociales. En el contexto de los trastornos mentales, se refiere al Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica, y para las discapacidades del desarrollo, señala al Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo.

De manera similar, cuando la ley se refiere al 'Departamento Estatal de Salud' o al 'Departamento de Salud' en relación con los servicios de salud, la asistencia médica o los beneficios, se está hablando del Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica o del Departamento Estatal de Salud Pública, según la situación. Para los trastornos mentales, la referencia es al Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica, y para las discapacidades del desarrollo, se pretende indicar el Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo.

Cuando se menciona el rol de 'Director de Pagos de Beneficios' en el contexto de la ayuda, significa el Director de Servicios Sociales. Si está relacionado con trastornos mentales, el término se refiere al Director de Servicios de Atención Médica, y para las discapacidades del desarrollo, significa el Director de Servicios para el Desarrollo. Las referencias al 'Director Estatal de Salud' o al 'Director de Salud' en relación con los servicios de salud, la asistencia médica o los beneficios significan el Director de Servicios de Atención Médica. De nuevo, cuando se conecta con trastornos mentales, esto significa el Director de Servicios de Atención Médica, y para las discapacidades del desarrollo, el Director de Servicios para el Desarrollo.

(a)CA Bienestar Y Instituciones Code § 21(a) Siempre que se haga referencia en cualquier disposición de este código al “Departamento Estatal de Pagos de Beneficios” o al “Departamento de Pagos de Beneficios” con respecto a la ayuda, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios Sociales.
Siempre que se haga referencia al “Departamento Estatal de Pagos de Beneficios” o al “Departamento de Pagos de Beneficios” con respecto a los trastornos mentales, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica. Siempre que se haga referencia al “Departamento Estatal de Pagos de Beneficios” o al “Departamento de Pagos de Beneficios” con respecto a las discapacidades del desarrollo, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo.
(b)CA Bienestar Y Instituciones Code § 21(b) Siempre que se haga referencia en cualquier disposición de este código al “Departamento Estatal de Salud” o al “Departamento de Salud” con respecto a los servicios de salud, asistencia médica o beneficios, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica o el Departamento Estatal de Salud Pública, según corresponda.
Siempre que se haga referencia al “Departamento Estatal de Salud” o al “Departamento de Salud” con respecto a los trastornos mentales, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica. Siempre que se haga referencia al “Departamento Estatal de Salud” o al “Departamento de Salud” con respecto a las discapacidades del desarrollo, se entenderá el Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo.
(c)CA Bienestar Y Instituciones Code § 21(c) Siempre que se haga referencia en cualquier disposición de este código al “Director de Pagos de Beneficios” con respecto a la ayuda, se entenderá el Director de Servicios Sociales.
Siempre que se haga referencia al “Director de Pagos de Beneficios” con respecto a los trastornos mentales, se entenderá el Director de Servicios de Atención Médica. Siempre que se haga referencia al “Director de Pagos de Beneficios” con respecto a las discapacidades del desarrollo, se entenderá el Director de Servicios para el Desarrollo.
(d)CA Bienestar Y Instituciones Code § 21(d) Siempre que se haga referencia en cualquier disposición de este código al “Director Estatal de Salud” o al “Director de Salud” con respecto a los servicios de salud, asistencia médica o beneficios, se entenderá el Director de Servicios de Atención Médica.
Siempre que se haga referencia al “Director Estatal de Salud” o al “Director de Salud” con respecto a los trastornos mentales, se entenderá el Director de Servicios de Atención Médica. Siempre que se haga referencia al “Director Estatal de Salud” o al “Director de Salud” con respecto a las discapacidades del desarrollo, se entenderá el Director de Servicios para el Desarrollo.

Section § 22

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre la actualización de referencias en documentos legales relacionados con ciertas instalaciones en California. Cuando las leyes mencionan capítulos específicos del Código de Bienestar y de Instituciones o del Código de Salud y Seguridad, deben ser reemplazados por capítulos más actuales. En esencia, si una ley habla de centros de salud, ahora debe referirse al Capítulo 2 que comienza en la Sección 1250. Si se refiere a centros de cuidado comunitario, debe referirse al Capítulo 3 que comienza en la Sección 1500.

Siempre que en cualquier disposición de ley haya una referencia al Capítulo 1 (que comienza con la Sección 7000) de la División 7 del Código de Bienestar y de Instituciones o al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1400) de la División 2 del Código de Salud y Seguridad, si se aplica a un centro de salud, se considerará que significa el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1250) de la División 2 del Código de Salud y Seguridad o, si se aplica a un centro de cuidado comunitario, se considerará que significa el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1500) de la División 2 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 23

Explanation

Esta ley aclara que, cuando otras leyes mencionan secciones específicas relacionadas con los centros de atención comunitaria, deben entenderse como una referencia a una sección particular del Código de Salud y Seguridad. Esto asegura la coherencia en la interpretación de estas referencias en los distintos documentos legales.

Siempre que en cualquier disposición de ley haya una referencia al Capítulo 1 (que comienza con la Sección 7000) de la División 7 del Código de Bienestar e Instituciones relativo a los centros de atención comunitaria según se definen en la Sección 1502 del Código de Salud y Seguridad o al Capítulo 1 (que comienza con la Sección 16000) de la Parte 4 de la División 9 del Código de Bienestar e Instituciones o al Capítulo 3 (que comienza con la Sección 16200) de la Parte 4 de la División 9 del Código de Bienestar e Instituciones, se considerará que significa el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1500) de la División 2 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 24

Explanation

Esta ley establece que ciertos cambios realizados en varias secciones en 1975 serán efectivos solo si no entran en conflicto con la ley federal. Esto significa que las modificaciones de California dependen de la compatibilidad con los estándares legales federales.

Las disposiciones del Capítulo 1129 de los Estatutos de 1975 que modifican las Secciones 17.1, 739, 883, 1050, 1711, 1760.4, 10000, 10617, 11250.5, 11307, 11310, 11325, 17102 y 18907 serán operativas en la medida en que no entren en conflicto con la ley federal.

Section § 26

Explanation

Esta sección explica cómo interpretar y comparar los valores tasados de la propiedad y las tasas de impuestos en California. Para el año fiscal 1980-81 y anteriores, el valor tasado era el 25% del valor total; a partir de 1981-82, es el 100%. Las tasas de impuestos se muestran como dólares por cada $100 de valor tasado hasta 1980-81, y como un porcentaje del valor total después. Al comparar datos fiscales de diferentes años, se necesitan ajustes para asegurar que estén sobre la misma base.

Para convertir entre los dos métodos de tasas de impuestos, multiplique una tasa basada en una tasación del 25% por 0.25% para obtener un porcentaje del valor total, o multiplique un porcentaje del valor total por 400 para obtener la tasa equivalente en dólares por cada $100 de valor tasado.

(a)CA Bienestar Y Instituciones Code § 26(a) Para los fines de este código, “valor tasado” significa el 25 por ciento del valor total hasta, e incluyendo, el año fiscal 1980–81, y el 100 por ciento del valor total para el año fiscal 1981–82 y los años fiscales subsiguientes; y las tasas impositivas se expresarán en dólares, o fracciones de estos, por cada cien dólares ($100) de valor tasado hasta e incluyendo el año fiscal 1980–81 y como un porcentaje del valor total para el año fiscal 1981–82 y los años fiscales subsiguientes.
(b)CA Bienestar Y Instituciones Code § 26(b) Siempre que este código requiera la comparación de valores tasados, tasas impositivas o ingresos por impuestos a la propiedad de diferentes años, las proporciones de tasación y las tasas impositivas se ajustarán según sea necesario para que las comparaciones se realicen sobre la misma base, y se produzca la misma cantidad de ingresos fiscales, o se obtenga el mismo valor relativo de una exención o subvención independientemente del método de expresión de las tasas impositivas o de la proporción de tasación utilizada.
(c)CA Bienestar Y Instituciones Code § 26(c) Para los fines de expresar las tasas impositivas sobre la misma base, una tasa impositiva basada en una proporción de tasación del 25 por ciento y expresada en dólares, o fracciones de estos, por cada cien dólares ($100) de valor tasado puede multiplicarse por un factor de conversión de veinticinco centésimas del 1 por ciento para determinar una tasa comparable a una tasa expresada como un porcentaje del valor total; y, una tasa expresada como un porcentaje del valor total puede multiplicarse por un factor de 400 para determinar una tasa comparable a una tasa expresada en dólares, o fracciones de estos, por cada cien dólares ($100) de valor tasado y basada en una proporción de tasación del 25 por ciento.

Section § 27

Explanation
Esta sección de la ley exige que cualquier agencia o departamento que establezca reglamentos sobre los derechos de los niños debe incluir los derechos específicos de los niños de crianza temporal, tal como se detallan en otra sección, que es la Sección 16001.9.