Plantas Nativas del Desierto de CaliforniaDefiniciones
Section § 80051
Esta sección explica que las definiciones proporcionadas en este capítulo se utilizan para interpretar y entender las reglas de esta división, a menos que esté claro que se necesita un significado diferente según la situación.
Section § 80052
En esta ley, el término “propietario de tierras” no solo se refiere a individuos o entidades privadas que poseen terrenos, sino que también incluye a cualquier agencia pública que gestiona terrenos públicos.
Section § 80053
Cuando esta sección se refiere a 'cosechar', significa llevarse o cortar las plantas del lugar donde crecían originalmente.
Section § 80054
Esta ley define 'cosechador' como cualquier persona que recolecta o corta una planta nativa.
Section § 80055
Esta sección aclara que el término 'Director' se refiere específicamente al Director de Alimentos y Agricultura.
Section § 80056
Section § 80057
Una 'etiqueta' es una etiqueta de papel o tela que se adhiere a una planta nativa o a una carga comercial de plantas. La etiqueta incluye detalles importantes como un número de serie, el tipo de planta, las tarifas requeridas, de dónde provino la planta, cuándo fue extraída, la autoridad que presenció la extracción, la persona o empresa que toma la planta, adónde se dirige y para qué se utilizará. Los usos pueden incluir cosas como el procesamiento comercial o el paisajismo.
Section § 80058
El término “sello” se refiere a una abrazadera metálica resistente a la manipulación que se utiliza para sujetar de forma segura una etiqueta a una planta nativa.
Section § 80059
Esta ley define 'reventa' como el acto de cosechar, poseer o transportar plantas nativas con la intención de venderlas para usos de paisajismo o decorativos.
Section § 80060
El término “carga para reventa” se refiere a las plantas nativas que son recolectadas, mantenidas o trasladadas con la intención de venderlas.
Section § 80061
Esta ley define lo que se considera una "planta nativa" en California. Se aplica a cualquier árbol, arbusto, bulbo o planta que crece de forma silvestre y que está nombrado en esta sección. Es importante destacar que incluye tipos específicos de árboles, tanto vivos como muertos, como el palo fierro del desierto, todos los tipos de mezquites y todos los tipos de palos verdes.
Section § 80062
Section § 80063
Section § 80064
Un 'recibo de madera' es un documento que debe acompañar a cualquier madera cosechada bajo esta regulación. Incluye detalles específicos como un número de serie, el tipo de madera, las cuotas requeridas, el lugar de origen de la madera, la fecha en que fue extraída, la autoridad que supervisó el proceso, quién la transporta, su destino y cómo se planea usar, por ejemplo, para procesamiento comercial o paisajismo.