PasteurizaciónNormas
Section § 34001
Esta ley explica cómo deben pasteurizarse la leche o los productos lácteos, lo que significa que deben calentarse a una cierta temperatura durante un tiempo específico para eliminar las bacterias dañinas. Hay dos métodos principales: uno implica calentar a al menos 145 grados Fahrenheit durante 30 minutos, o 150 si tiene más grasa o edulcorantes; el otro implica calentar a 161 grados Fahrenheit durante 15 segundos, o 166 si tiene más grasa o edulcorantes. Después de calentar, la leche debe enfriarse rápidamente a menos de 50 grados Fahrenheit. Se permiten otros métodos de pasteurización si se demuestra que son igualmente efectivos y son aprobados.
Section § 34001.5
Section § 34002
Esta ley establece que si la crema o la leche se pasteurizan para ser utilizadas inmediatamente en la elaboración de mantequilla o queso, deben enfriarse solo lo suficiente para el proceso de maduración o inicio. No deben enfriarse más de lo necesario para que estos procesos comiencen.
Section § 34003
Esta ley establece que cuando se produce crema a partir de leche para la venta, se puede calentar la crema hasta 165 grados Fahrenheit y luego enfriarla a 50 grados o menos. Este proceso está permitido antes de que la crema sea pasteurizada, lo que significa que aún puede ser tratada posteriormente para eliminar bacterias.
Section § 34004
Esta ley permite que la leche desnatada pasteurizada, que proviene de leche comercializable, sea pasteurizada una segunda vez si se utiliza para estandarizar leche comercializable.
Section § 34005
Section § 34006
Section § 34007
Si utiliza una máquina pasteurizadora para hacer queso fresco blando que no es cultivado, debe revisar la leche pasteurizada diariamente para detectar enzimas fosfatasa. Guarde los registros de estas pruebas por al menos un año, y deben estar disponibles para la inspección de los funcionarios de salud. Si alguna prueba muestra un resultado positivo, debe informar al departamento de inmediato.
Section § 34008
Esta ley exige que todos los productos lácteos, ya sean para consumo directo o para fabricación, deben ser pasteurizados en la instalación de producción, a menos que se apliquen excepciones específicas. Estas excepciones incluyen instalaciones que preparan exclusivamente helados o postres congelados similares utilizando mezclas de plantas con licencia, establecimientos de helado suave (soft-serve), fabricantes con permisos limitados y ciertos quesos de leche de cabra elaborados a partir de cuajada pasteurizada. Además, el secretario tiene la autoridad para establecer exenciones adicionales mediante reglamento.